Un ascensor que llega a la “cota cero” se encuentra en el nivel del suelo del edificio, asegurando que las personas puedan entrar y salir sin dificultades. Al detenerse en la cota cero, los usuarios no necesitan enfrentarse a escaleras o rampas para acceder al nivel del suelo, lo cual beneficia especialmente a las personas con movilidad reducida y a aquellas que llevan equipaje o carritos de compras.
⮞Ventajas:
Las ventajas que ofrece esta solución para personas con movilidad reducida son diversas. En primer lugar, se logra mejorar la accesibilidad universal, eliminando barreras arquitectónicas como las escaleras o rampas. Esto facilita el acceso a todas las personas con discapacidad, incluyendo aquellas que usan sillas de ruedas o dispositivos de asistencia.
⮞ Confort:
Además, bajar un ascensor a cota cero proporciona mayor comodidad y rapidez en los desplazamientos dentro del edificio. Al estar más cerca de la zona de acceso, se reduce el tiempo y esfuerzo requerido para ingresar o salir del edificio, lo cual es especialmente beneficioso en edificios de varias plantas.
⮞ Autonomía:
La independencia también se ve favorecida, ya que las personas con movilidad reducida pueden utilizar el ascensor sin depender de la ayuda de terceros, lo que les brinda mayor autonomía.
⮞ Seguridad:
Finalmente, esta solución contribuye a incrementar la seguridad, ya que al eliminar los desniveles entre la planta de acceso y el ascensor, se reduce el riesgo de caídas y se mejora la seguridad en el uso de esta solución de movilidad.
Por lo tanto, ¿Sería obligatorio bajar un ascensor a cota cero?
En cuanto a la obligatoriedad de bajar un ascensor a cota cero, en edificios públicos y privados es necesario cumplir con las políticas de accesibilidad establecidas en las normativas sobre ascensores vigentes. La legislación requiere que los ascensores lleguen hasta la planta baja para garantizar un acceso fácil y seguro a personas con movilidad reducida o discapacidades.
En el caso de una solicitud de bajar un ascensor a cota cero por parte de una persona mayor de 70 años o con discapacidad, la ley de propiedad horizontal establece que es obligatorio realizar las reformas necesarias para garantizar la accesibilidad universal al ascensor, incluyendo rampas, dispositivos, ascensores y plataformas mecánicas.
¿Es preciso efectuar algún tipo de ajuste en la estructura del edificio para llevarlo a cabo?
En cuanto a la viabilidad de bajar un ascensor ya instalado a cota cero, esto dependerá de las especificaciones y características del elevador en cuestión. Cada ascensor es diseñado de forma personalizada, por lo que es importante contar con profesionales que evalúen la factibilidad y realicen los ajustes necesarios.
En algunos casos, no se requiere ninguna intervención adicional, ya que el ascensor ya está diseñado para funcionar en la cota cero. Sin embargo, en otros casos, pueden ser necesarios ajustes como la reprogramación de la cota cero, la reducción de la altura de la cabina, el ajuste de los sensores de seguridad, la excavación de una nueva fosa, el refuerzo de la estructura del edificio o la configuración de las puertas, entre otras acciones.
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