¿Los locales comerciales deben afrontar los gastos del ascensor en la comunidad sino los utiliza? ¿Hay alguna normativa que señale si los locales han de hacer frente a la derrama como el resto de los vecinos a la hora de instalar o reformar un ascensor?
Hace unos años, el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia destacando que los ascensores son elementos esenciales de utilización de un edificio, beneficiosos para todos los propietarios. Siempre que los estatutos no especifiquen otra cosa, todos los propietarios deben pagar una parte de la instalación del ascensor.
Para resumir, la integración o reforma de un ascensor, así como el mantenimiento de este, ha de pagarse siempre entre todos los propietarios, según cuota de participación, salvo que en los estatutos se establezca algo diferente.
Es importante que antes de la compra de un local comercial comprobar los estatutos de la comunidad para tener en cuenta futuras derramas y de esta manera estar prevenido ante la posibilidad de contraer deudas con la comunidad.
Si tienes alguna duda acerca de la instalación de ascensores o quieres que te asesoremos sobre esta o cualquier cuestión, en Ascensores Abando te atenderemos sin ningún tipo de compromiso.
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