Instalar un ascensor si solo lo solicita un vecino, ¿es posible?
Vamos a intentar dar respuesta a una pregunta bastante habitual en casi todas las comunidades de vecinos. Probablemente tú mismo hayas vivido esta situación: se plantea instalar un ascensor en la comunidad, pero solo uno de los vecinos quiere hacerlo… y entonces, ¿es posible?
Pues, en efecto, lo es, pero hay ciertos requisitos que deberán cumplirse. De lo contrario, la instalación de un nuevo ascensor no podrá efectuarse. Es decir, no cualquier vecino puede forzar a la comunidad a instalar un ascensor. Las condiciones, especificadas en el artículo 10.1 B de la Ley de Propiedad Horizontal, son las siguientes:
- Que el vecino que solicita la instalación sea un propietario con algún tipo de discapacidad o mayor de 70 años.
- Que en esa comunidad vivan, trabajen o presten algún tipo de servicio personas con discapacidad o mayores de 70 años.
- Que la derrama para cada propietario (los gastos de la obra, en definitiva), repercutida anualmente, no supere las 12 mensualidades de cuota ordinaria de gastos comunes.
Como puede verse, si estos requisitos se cumplen, la instalación del ascensor deberá efectuarse, obligatoriamente, y toda la comunidad deberá contribuir a los gastos, incluso aunque uno o varios de los vecinos no estén de acuerdo con las obras.
En el caso de que el coste de las obras supere las 12 mensualidades que indica la ley, las obras también podrán hacerse, pero solo en el caso de que la junta de vecinos propietarios apruebe la instalación del ascensor por mayoría simple. Una vez más, si esto se produce, todos los propietarios deberán sufragar el coste de las obras.
Una última posibilidad es que el coste sea mayor de las 12 mensualidades y la junta rechace la instalación. En ese caso, se podrá realizar siempre y cuando el vecino solicitante se haga cargo de la diferencia.
Estos son todos los supuestos en los que, como decíamos al principio, se puede instalar un ascensor si solo lo solicita un vecino. Cualquier instalación de un ascensor que se haga fuera de estos requisitos será ilegal, pero si se cumplen, la comunidad tendrá que aceptarlo, inevitablemente.
Y tú, ¿qué opinas? ¿Te parece correcto que se pueda instalar un ascensor si lo pide solo un vecino? ¿Qué crees que es más importante, el juicio del conjunto de la comunidad o las condiciones especiales de una persona que tal vez tenga problemas de movilidad?
Mientras esperamos a que nos lo cuentes en los comentarios, aprovechamos para recordarte que en Ascensores Abando podemos ayudarte con la instalación y el mantenimiento de cualquier tipo de ascensor. Lo solicite el número de vecinos que lo solicite, ¡por supuesto!
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