En este artículo te explicamos las medidas mínimas obligatorias que debe cumplir un ascensor hoy en día, las novedades legales que afectan a comunidades de vecinos y cómo aprovechar las subvenciones vigentes en Bizkaia para facilitar esta mejora en tu edificio.
Las nuevas normativas establecen dimensiones mínimas para los ascensores, dependiendo del tipo de edificio y su uso:
Estas dimensiones permiten el acceso de personas en silla de ruedas y acompañantes.
Las puertas de los ascensores deben ser automáticas y cumplir con las siguientes especificaciones:
Estas medidas aseguran un acceso cómodo y seguro para todas las personas.
A partir del 1 de julio de 2025, entra en vigor el Real Decreto que regula las condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. Este reglamento establece la obligación de utilizar lectura fácil, pictogramas y otros recursos para facilitar la comprensión de las personas con dificultades cognitivas.
El Gobierno Vasco ofrece subvenciones para la instalación y adaptación de ascensores en edificios existentes. Estas ayudas están destinadas a comunidades de propietarios y particulares que deseen mejorar la accesibilidad de sus viviendas.
Si tu edificio cuenta con un ascensor antiguo, es posible que deba adaptarse a las nuevas normativas. El Real Decreto 355/2024 establece medidas de seguridad obligatorias, como la instalación de sistemas de comunicación bidireccional y la mejora de la precisión de nivelación.
En Ascensores Abando, llevamos más de 30 años mejorando la accesibilidad en edificios de Bizkaia. Estamos al día de las normativas más recientes y te ofrecemos un servicio completo: desde la inspección inicial, hasta la instalación o modernización de ascensores y la coordinación de todos los trabajos de adaptación.
¿Tienes dudas sobre cómo aplicar estas exigencias en tu edificio?
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