¿Se puede aprobar una derrama para el ascensor si hay un vecino que no paga?
Aprobar una derrama para instalar el ascensor con un vecino moroso… ¿Puede hacerse? Sin duda es una situación complicada, pero, por desgracia, también bastante frecuente.
En una comunidad de propietarios, y en especial en las más amplias, es fácil encontrarse con uno o varios vecinos que, por la razón que sea, no hagan frente a sus cuotas. Y si en esas circunstancias se decide instalar un ascensor, es natural que surjan muchas dudas: ¿se puede aprobar la derrama? Y, si se aprueba, ¿los demás vecinos están obligados a pagar una derrama más elevada? ¿Pueden negarse a pagar hasta que no lo haga el vecino moroso?
Empecemos por el principio. La respuesta a la primera pregunta, la que da título a este artículo, es sí: se puede aprobar una derrama para instalar un ascensor sin necesidad de que los vecinos morosos voten o paguen.
Eso sí, podremos hacerlo siempre y cuando nuestra comunidad cumpla con alguno de los supuestos que, según la Ley de Propiedad Horizontal, convierten la instalación del ascensor en una mejora obligatoria.
Concretamente, en el artículo 10 de esta ley se explica que serán obligatorias y no requerirán acuerdo previo de la junta de propietarios todas aquellas obras y actuaciones que sean necesarias para garantizar la accesibilidad universal en el edificio, además de las requeridas por los propietarios en cuyos locales o viviendas residan o reciban servicios personas con discapacidad o mayores de setenta años.
La condición, como ya vimos cuando hablamos de si es obligatorio o no bajar el ascensor a cota cero, es que el coste de las obras, una vez descontadas las posibles ayudas para la instalación del ascensor, no excedan las doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Y, ya que mencionamos las subvenciones, debemos saber que hay otro supuesto que hace que las obras de mejora sean obligatorias: cuando las ayudas públicas aplicables cubran al menos el 75% de su coste.
¿Puedo negarme a pagar mi parte? ¿Quién asume la parte del vecino moroso?
Tal y como se establece en la Ley de Propiedad Horizontal, el vecino moroso no podrá votar en las juntas de vecinos hasta que su deuda quede saldada. Por lo tanto, y como ya hemos visto, su opinión no se tendrá en cuenta a la hora de aprobar la derrama y la instalación del ascensor podrá seguir adelante.
Ahora bien, ¿y si algún otro vecino se niega a pagar su parte hasta que el moroso haga lo propio? Mala idea: la Ley de Propiedad Horizontal, nuevamente, establece que quien tome esa decisión estará incumpliendo sus obligaciones como propietario, con todas las posibles consecuencias que ello conlleva.
Y en cuanto a la siguiente pregunta de este apartado, que quizás es la duda más importante de todas las que nos crea este tema, tenemos malas noticias: si el vecino moroso sigue sin pagar, su cuota de la derrama se repartirá a partes iguales entre los demás vecinos.
Por supuesto, esto no significa que las cosas se vayan a quedar así de forma permanente: la deuda del moroso con la comunidad de propietarios continuará creciendo, y tendrá que devolver todo lo que deba (tanto sus cuotas ordinarias como las correspondientes a la derrama) una vez concluya el proceso judicial que la comunidad haya iniciado contra él.
Como vemos, instalar el ascensor con un vecino moroso no es imposible, en absoluto. Implica, eso sí, asumir gastos adicionales durante un tiempo y más quebraderos de cabeza que si todos los propietarios cumpliesen con sus obligaciones desde el principio.
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